15 La época foral Las actividades económicas. La explotación forestal

La época foral: Las actividades económicas, los recursos naturales y el paisaje. La explotación forestal
El inicio de las restricciones: los límites de la comercialización del patrimonio forestal
 
Figs. 160 y 161: Ejemplares aislados en la Sierra de enebro y de sabina. La Sierra del Pobo no presentaría el aspecto deforestado de la actualidad por las normativas que regulaban su explotación y garantizaban su existencia, y por la propia necesidad para estas sociedades de combustible, material de costrucción y suelo para pastos que les procuraban las masas forestales.
La explicación de denuncias de talas injustificadas como la que hubo por un pleito sustanciado en Aguilar y resuelto en Ababuj en 1297 interpuesto por el comendador de la bailía de Aliaga y los representantes de sus concejos contra las aldeas de Teruel por la explotación forestal de sus montes, un uso que era tradicional que hasta entonces no había sido problemático, resulta más factible como reflejo de la mala situación de una parte del campesinado, que recurriría a este tipo de actuaciones ilícitas para garantizar su perviviencia, o al interés en controlar la comercialización de los propios bienes forestales y los intereses ganaderos asociados, que a un esquilmo forestal crítico.





 Enebro (juniperus communis)
 Sabina(juniperus thurifera)

El patrimonio forestal de Aguilar y la evolución de la normativa y de la explotación
Fig. 162: Las masas forestales de Aguilar coincidirían en líneas generales con las zonas ganaderas de montes blancos, dehesas y propios concejiles. Por lo tanto, se ubicarían en la Sierra, el Collado, los Barrancos y el Enebral (zonas de carrascas, sabinas y enebros), Las Cuerdas (zona de pinares, como recuerda la memoria popular), los cauces fluviales del Alfambra y sus barrancos (zona de chopos, sargas y álamos), y las dehesas localizadas en la hoya de Aguilar y próximas al casco urbano. En la fotografía masas forestales en los cortados en la confluencia de Aguilar, Camarillas y Galve.

Masa forestal de sabinas,enebros,guillomos etc

Figs. 163 y 164: La vegetación de ribera, al igual que el resto, disfrutaba de una normativa regulatoria, la cual nos permite inferir la existencia del actual paisaje de bosques adehesados de chopos cabeceros. Ya existía el vigente modelo de propiedad de ejemplares, que se distribuía entre propietarios particulares y concejos.
También existía la tradional gestión del árbol mediante la poda o escamonda, dado que a la hora de establecer las penas por infracciones se diferenciaba entre hoja, ramas y árboles enteros. No obstante, lo que termina de dar la imagen de que ya existían los cabeceros en esta época es la distinción que se hace dentro de la multa por la tala de árboles enteros, ya que se especifica que si el árbol era pequeño la pena era en el siglo xvii de 20 sueldos jaqueses, y si era grande, 40, siendo los árboles grandes aquellos en los que se podía subir y tener un hombre antes de cortarlo. Esta imagen parece reflejar la actual morfología de los cabeceros, máxime cuando al hablar de la poda de otras especies arbóreas, más propias de zonas de sierra, esta identificación no existía.

 Chopos cabeceros (populus nigra) en el otoño
 Chopos cabeceros (populus nigra) en la primavera

Fig. 165: Entorno del azud de Aguilar. La vegetación de ribera se empleaba para prevenir la pérdida de suelo por efecto de las riadas del Alfambra. Era el caso del entorno del azud viejo de Aguilar, ‘fortificado’ con sargas y en el cual el concejo penaba severamente toda tala o eliminación de hierba y arbustos. La efectividad de este dispositivo vegetal y legal debió de ser grande, pues no se refirieron problemas hasta que un vecino de Ababuj abrió un par de portillos en el remanso del azud debilitando su fortificación, mientras que anteriormente había soportado las habituales avenidas del Alfambra sin inconvenientes.

Azud viejo e Aguilar
(Inigo Fernández, I. A.; Paricio Hernando,J.L).. Con la tecnología de Blogger.